Argentina: cambio obligatorio de válvulas en cilindros de 10 y 15 kilos

Martes, 24 de Marzo de 2026

A través de la Resolución72/26 de la Secretaría de Energía, se dispuso el reemplazo obligatorio de válvulas antiguas en garrafas de gas licuado de petróleo (GLP), tras detectar que parte del sistema todavía opera con componentes fabricados hace más de seis décadas y técnicamente superados.

Las válvulas a renovar son las de tipo “Universal” que, por su antigüedad, presentan desgaste acumulado y ya no cumplen con los estándares actuales de seguridad, las cuales siguen regulando el flujo de gas en envases de 10 y 15 kilos.

La norma dictada también se fundamenta en que en muchos casos, los fabricantes originales ya no existen o no están registrados, lo que impide garantizar repuestos o trazabilidad en eventuales reparaciones.

El esquema definido establece un plazo máximo de cinco años para retirar completamente estos componentes. Sin embargo, el proceso no será inmediato: las empresas fraccionadoras -responsables del envasado y distribución del gas- deberán presentar en un plazo de 180 días un plan detallado de sustitución, que deberá ser aprobado por la Subsecretaría de Hidrocarburos. Recién a partir de esa aprobación comenzará a correr el plazo total.

La implementación quedará bajo la órbita de ese organismo, que tendrá a su cargo tanto la evaluación de los planes como el control de su cumplimiento. La norma también fija un punto de cierre claro: una vez vencido el plazo, no podrán circular garrafas que conserven esas válvulas. De lo contrario, las empresas quedarán expuestas a sanciones previstas en el régimen vigente para la actividad.

Hay que recordar que el mayor índice de los accidentes se da en las válvulas, a partir de fallas, fugas o incidentes. Con ese argumento, la SE avanzó en una medida de alcance nacional que obliga a su reemplazo progresivo.